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Ley de Consejos de Desarrollo

El Consejo de Desarrollo es el medio principal de participación de la población Maya, Xinca, Garífuna y no indígena en la gestión pública para llevar a cabo el proceso de planificación democrática del desarrollo.

Tomando en cuenta los principios de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe de la nación guatemalteca.

 

Objetivo

El objetivo de los Consejos de Desarrollo es organizar y coordinar la Administración Pública por medio de propuestas de planes y programas nacidos desde la misma población a través de la participación ciudadana.

Principios Generales

Los principios generales del Sistema de Consejos de Desarrollo son:

  1. El respeto a las diferentes culturas de los pueblos que conviven en Guatemala.

  2. El fomento de la armonía en las relaciones interculturales.

  3. El buen funcionamiento y la eficiencia en todos los niveles de la Administración Pública.

  4. La promoción de los procesos de democracia participativa en condiciones de equidad e igualdad de oportunidades de los pueblos Maya, Xinca, Garífuna y no indígena.

  5. La conservación y el mantenimiento del equilibrio ambiental y el desarrollo humano, con base en las cosmovisiones de los pueblos Maya, Xinca, Garífuna y de la población no indígena.

  6. La equidad de género, entendida como la no discriminación de la mujer y la participación activa tanto del hombre como de la mujer.

Integración del Sistema de Consejos de Desarrollo

Consejo Comunitario de Desarrollo - COCODE

¿Quiénes forman el Consejo Comunitario de Desarrollo?

  • La Asamblea Comunitaria, formada por todos los residentes de una misma comunidad.

  • El Órgano de Coordinación, electo por la Asamblea Comunitaria y organizado de acuerdo a sus propios principios, valores, normas y procedimientos.

¿Cuáles son las funciones de los Consejos Comunitarios de Desarrollo (COCODES)?

La Asamblea General Comunitaria es el órgano más importante de los Consejos Comunitarios de Desarrollo y sus funciones son las siguientes:

  • Elegir a los integrantes del Órgano de Coordinación y fijar el tiempo de duración en sus cargos, de acuerdo a sus propios principios, valores, normas y procedimientos de la comunidad.

  • Promover, facilitar y apoyar la organización y participación activa de la comunidad y sus organizaciones, en la identificación de las necesidades más importantes y buscar soluciones a las mismas.

  • Promover y velar por la coordinación, tanto entre las autoridades comunitarias, las organizaciones y los miembros de la comunidad, así como entre las instituciones públicas y privadas.

  • Los COCODES deberán promover programas y proyectos de protección y promoción integral de la niñez, la juventud y la mujer.

  • Proponer políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comunidad, con base a las necesidades más urgentes, y proponerlos ante el COMUDE para agregarlos a los del municipio.

  • Darle seguimiento a la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo comunitario más urgentes, comprobar su cumplimiento y, cuando sea necesario, proponer al COMUDE o a las instituciones encargadas las medidas correctivas.

  • Evaluar la ejecución, eficacia e impacto de los programas y proyectos de desarrollo comunitario y, cuando sea necesario, proponer al COMUDE las medidas correctivas y así lograr las metas y objetivos de los mismos.

  • Solicitar al COMUDE la gestión de los recursos, según las necesidades, problemas y soluciones comunitarias más urgentes.

  • Velar por el buen uso de los recursos técnicos, materiales, financieros y humanos, obtenidos por cuenta propia o que le haya dado la Corporación Municipal por recomendación del COMUDE para realizar programas y proyectos de desarrollo de la comunidad.

  • Informar a la comunidad sobre el uso de los recursos asignados a los programas y proyectos de desarrollo comunitarios.

  • Promover la obtención de financiamiento para la ejecución de los programas y proyectos de desarrollo de la comunidad.

  • Contribuir a definir y darle seguimiento al cobro y pago de impuestos de acuerdo a su mandato de elaborar propuestas de políticas de desarrollo.

  • Reportar a las autoridades municipales o departamentales que corresponda, el desempeño de funcionarios públicos que trabajan en la comunidad.

  • Velar por el fiel cumplimiento de la naturaleza, principios, objetivos y funciones del Sistema de Consejos de Desarrollo.

¿Cómo está formado el Órgano de Coordinación de los COCODES?

El Órgano de Coordinación de los COCODES, está formado de la siguiente manera:

  • El Alcalde o Alcaldesa comunitario, quien lo dirige.

  • No más de doce representantes electos por la Asamblea General.

 

El Órgano de Coordinación tiene bajo su responsabilidad la coordinación, ejecución y realización de auditoría social sobre los proyectos u obras que hagan las instituciones del Gobierno en la comunidad.

¿Cuáles son las funciones del Órgano de Coordinación de los COCODES?

Las funciones del Órgano de Coordinación del COCODE son las siguientes:

  1. Poner en práctica las acciones que resuelva la Asamblea Comunitaria e informarle a ésta sobre los resultados obtenidos.

  2. Administrar y velar por el buen uso de los recursos técnicos, materiales financieros y humanos que obtenga el COCODE por cuenta propia, o que le dé la Corporación Municipal para la ejecución de proyectos, e informar a la Asamblea Comunitaria sobre dicha administración.

  3. Convocar a Asambleas ordinarias y extraordinarias del COCODE.

Consejo Comunitario de Desarrollo de Segundo Nivel

En los municipios donde se encuentren más de veinte COCODES, el COMUDE podrá establecer COCODES de Segundo Nivel, cuya Asamblea estará formada por todos los miembros de los Órganos de Coordinación de todos los COCODES del municipio.

Los Órganos de Coordinación de los COCODES de Segundo Nivel se elegirán de acuerdo a sus propias normas, valores y procedimientos.

¿Cómo está formado el Órgano de Coordinación de los COCODES de Segundo Nivel?

  1. Por un Coordinador o Coordinadora comunitario electo de entre los miembros de la Asamblea General del COCODE de Segundo Nivel.

  2. Hasta doce representantes que serán electos dentro de la Asamblea General del COCODE de Segundo Nivel.

Funciones de la Asamblea General y de los Órganos de Coordinación de los COCODES de Segundo Nivel

Las funciones de la Asamblea General y del Órgano de Coordinación de los COCODES de Segundo Nivel, son las mismas que las de los COCODES.

Consejo Municipal de Desarrollo - COMUDE

¿Quiénes forman el Consejo Municipal de Desarrollo?

  • El Alcalde o Alcaldesa municipal, quien lo coordina.

  • Los síndicos y concejales que determine la Corporación Municipal.

  • Hasta veinte representantes de los COCODES, nombrados por sus coordinadores.

  • Los representantes de las entidades públicas con presencia en la localidad.

  • Los representantes de entidades civiles locales que sean convocados.

¿Cuáles son las funciones de los COMUDES?

  • Promover, facilitar y apoyar a los COCODES del municipio.

  • Promover y facilitar la organización y participación activa de las comunidades y sus organizaciones en la identificación de sus necesidades, problemas y soluciones más urgentes para el desarrollo integral del municipio.

  • Promover el proceso de descentralización de la Administración Pública y la coordinación entre las instituciones del municipio; ayudando al fortalecimiento de la autonomía municipal.

  • Garantizar que las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo del municipio sean presentados con base a las propuestas de soluciones que hagan los COCODES y enviarlos a la Corporación Municipal para que sean agregados a las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo del departamento.

  • Promover políticas, programas y proyectos de protección y promoción integral para la niñez, la adolescencia, la juventud y la mujer.

  • Velar porque se cumplan las metas y objetivos de las políticas, planes, programas y proyectos municipales de desarrollo.

  • Darle seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo municipal y comunitario, y en caso necesario, hacer propuestas de medidas correctivas a la Corporación Municipal y/o al CODEDE.

  • Proponer a la Corporación Municipal la asignación de recursos de inversión de acuerdo a la disponibilidad de dinero y según las necesidades, problemas y soluciones propuestas por los COCODES del municipio.

  • Conocer e informar a los COCODES sobre los gastos del presupuesto de año anterior financiada con los fondos provenientes del Presupuesto General del Estado.

  • Promover la obtención de financiamiento para poner en práctica las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo del municipio.

  • Reportar a las autoridades municipales o departamentales que correspondan el desempeño de los funcionarios públicos que trabajan en el municipio.

  • Contribuir a definir y darle seguimiento al cobro y pago de impuestos de acuerdo a su mandato de elaborar propuestas de políticas de desarrollo.

  • Velar por el cumplimiento de la naturaleza, principios, objetivos y funciones del Sistema de Consejos de Desarrollo.

Consejo Departamental de Desarrollo - CODEDE

¿Quiénes forman el Consejo Departamental de Desarrollo?

  • Gobernador o gobernadora del departamento, quien coordina y dirige.

  • Los Alcaldes o Alcaldesas municipales del departamento.

  • El jefe de la Oficina Departamental de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplán), quien actúa como Secretario.

  • Un representante de cada una de las entidades públicas que designe el Organismo Ejecutivo.

  • Un representante de cada uno de los pueblos indígenas que habiten en el departamento.

  • Un representante de las cooperativas que funcionen en el departamento.

  • Un representante de las asociaciones de propietarios de micro, pequeñas y medianas empresas que operen en el departamento, en los sectores de la manufactura y los servicios.

  • Un representante de las asociaciones agropecuarias, comerciales, financieras e industriales que operen en el departamento.

  • Dos representantes de las organizaciones campesinas que operen en el departamento.

  • Un representante de las organizaciones de trabajadores que operen en el departamento.

  • Un representante de las ONG’s guatemaltecas de desarrollo que operen en el departamento.

  • Una representante de las organizaciones de mujeres que operen en el departamento.

  • Un representante de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

  • Un representante de las universidades privadas que operen en el departamento.

  • Los Secretarios Generales Departamentales de los partidos políticos con presencia en el Congreso de la República, quienes participan sólo con voz.

¿Cuáles son las funciones de los CODEDES?

  • Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de sus COMUDES y COCODES y velar por el cumplimiento de sus objetivos.

  • Promover y facilitar la organización y participación activa de la población y sus organizaciones, en la identificación de necesidades, problemas y soluciones, para el desarrollo integral del departamento.

  • Promover la descentralización y desconcentración de la Administración Pública, así como la coordinación entre las instituciones del departamento.

  • Proponer políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo del departamento, tomando en cuenta los planes de desarrollo de los municipios y enviarlos al COREDUR y CONADUR para que sea agregado en los planes de desarrollo de la región y la Nación.

  • Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo del departamento, comprobar y evaluar su cumplimiento, y cuando sea necesario, proponer medidas correctivas a las entidades responsables.

  • Conocer los montos máximos de inversión pública del departamento para el año próximo, del proyecto del Presupuesto General del Estado, y proponer al COREDUR los cambios al mismo de acuerdo a las necesidades propuestas de los COMUDES.

  • Proponer al COREDUR la distribución del monto máximo de los recursos para inversión pública de cada municipio para el año próximo, del proyecto del Presupuesto General del Estado de acuerdo a las propuestas de los COMUDES.

  • Conocer e informar a los COMUDES, a través de sus Alcaldes o Alcaldesas, sobre el gasto e inversión pública del año pasado proveniente del Presupuesto General del Estado.

  • Contribuir a definir y dar seguimiento al cobro y pago de impuestos de acuerdo a su mandato de elaborar propuestas de políticas de desarrollo.

  • Reportar a las autoridades departamentales que correspondan, el desempeño de los funcionarios públicos del departamento.

  • Proponer al Presidente de la República las ternas de candidatos a los cargos de Gobernador titular y suplente del departamento; para decidir esto tendrán voz y voto los representantes de las literales e a la n del artículo 9 de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural.

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